El cumplimiento de las obligaciones fiscales en México ha dejado de ser una cuestión meramente administrativa para convertirse en un tema de seguridad jurídica personal. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha enfatizado que existen ciertos umbrales y conductas específicas que pueden derivar en penas de prisión para los contribuyentes que intenten evadir sus responsabilidades ante el erario federal.
De acuerdo con lo establecido en el Código Fiscal de la Federación (CFF), la defraudación fiscal se configura cuando un contribuyente, mediante el uso de engaños o aprovechamiento de errores, omite total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtiene un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal. Las sanciones no son menores y escalan dependiendo directamente de la gravedad del delito y el monto total del adeudo omitido.
Una de las sanciones iniciales contempladas en la ley parte de una pena de tres meses a dos años de prisión cuando el monto de lo defraudado es menor a los 2 millones 236 mil 480 pesos. No obstante, el marco legal es severo: si el monto de lo defraudado supera los 3 millones 354 mil 710 pesos, la sanción puede elevarse significativamente, alcanzando hasta los nueve años de cárcel. Es vital comprender que estas medidas buscan desincentivar prácticas que lesionan las finanzas públicas.
Además del monto económico, el SAT pone especial atención en conductas que considera agravantes. Entre ellas destaca la utilización de documentos falsos, la omisión reiterada de expedir comprobantes fiscales digitales (CFDI), la declaración de datos falsos para obtener devoluciones que no corresponden y la participación en esquemas de facturación de operaciones inexistentes, popularmente conocidos como 'empresas factureras'.
Para el contribuyente promedio en México, este panorama subraya la importancia de mantener una contabilidad transparente y atender puntualmente las notificaciones en el Buzón Tributario. La autoridad fiscal ha reiterado que la fiscalización digital actual permite detectar discrepancias de manera casi inmediata entre los ingresos reportados y los movimientos bancarios reales, lo que reduce el margen de error para quienes buscan evadir sus cuotas.
Especialistas en materia fiscal recomiendan a las personas físicas y morales revisar su situación actual y, en caso de presentar omisiones, realizar las declaraciones complementarias correspondientes de forma voluntaria. Esto permite evitar que la autoridad inicie facultades de comprobación que podrían escalar rápidamente del ámbito administrativo al penal, poniendo en riesgo la libertad del contribuyente.


