Con la llegada del periodo para presentar la Declaración Anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), miles de contribuyentes en México buscan mecanismos legales para reducir el pago de impuestos o, en el mejor de los casos, obtener una devolución de saldo a favor. Sin embargo, no cualquier gasto es elegible para este beneficio; para que una factura sea considerada deducible, debe cumplir estrictamente con los lineamientos de la autoridad fiscal.
Las deducciones personales son gastos que los contribuyentes tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables del ejercicio fiscal en curso. El primer gran rubro es el de la salud. De acuerdo con el SAT, son deducibles los honorarios médicos, dentales, de enfermería y servicios profesionales en materia de psicología y nutrición. Asimismo, se incluyen gastos hospitalarios, prótesis, compra de lentes ópticos graduados (hasta por 2,500 pesos) y primas por seguros de gastos médicos.
En el ámbito educativo, las colegiaturas en instituciones privadas con validez oficial de estudios son deducibles desde nivel preescolar hasta bachillerato o su equivalente. Es importante recordar que cada nivel tiene un límite anual de deducción: desde 14,200 pesos para preescolar hasta 24,500 pesos para bachillerato. El transporte escolar también aplica, siempre que sea obligatorio por parte de la institución educativa.
Otros conceptos relevantes incluyen los gastos funerarios del cónyuge, padres, abuelos, hijos o nietos; los intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios destinados a casa habitación; y las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente a la subcuenta de aportaciones voluntarias de la AFORE.
El cumplimiento de los requisitos de forma es el punto donde más errores cometen los contribuyentes. Para que un gasto sea acreditable, el pago debe realizarse invariablemente mediante medios electrónicos: cheque nominativo, transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o de servicios. Los pagos realizados en efectivo no son deducibles, incluso si se cuenta con la factura correspondiente. Además, el CFDI (Factura Electrónica) debe contar con el uso de suelo correcto y estar a nombre del contribuyente.
Finalmente, es vital considerar que el monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y donativos) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% del total de tus ingresos, lo que resulte menor. Mantener un orden administrativo y revisar periódicamente el visor de deducciones en el portal del SAT facilitará este proceso anual.



