En un fallo trascendental para el nuevo modelo de elección de juzgadores en el país, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó revocar la toma de protesta de una magistratura de Circuito en el Estado de México. La decisión se fundamenta en la necesidad de salvaguardar la "voluntad popular" expresada en las urnas por encima de ajustes posteriores realizados bajo criterios de paridad de género por parte de las autoridades administrativas.

El caso se centra en una magistratura en materia laboral correspondiente al Distrito Judicial 1 del Segundo Circuito, con sede en territorio mexiquense. Originalmente, el Senado de la República y el Órgano de Administración Judicial (OAJ) habían designado para ocupar esta vacante a la persona que se ubicó en la cuarta posición de la votación obtenida en la pasada jornada electoral. El argumento de las autoridades legislativas y administrativas era que el espacio debía ser ocupado por alguien del mismo género que el titular original, quien fue comisionado a otra labor, para mantener el equilibrio de paridad.

Sin embargo, por mayoría de votos, las y los magistrados de la Sala Superior determinaron que dicho movimiento vulneraba los derechos de quienes obtuvieron una votación superior y la legitimidad del proceso democrático. En este sentido, el Tribunal ordenó que la vacante sea asumida de manera inmediata por la persona que obtuvo el segundo lugar en la elección, siempre que cumpla con los requisitos legales de elegibilidad, con el fin de respetar los resultados expresados por la ciudadanía.

Este dictamen subraya un precedente importante en la interpretación de las reglas electorales aplicadas al Poder Judicial: la prelación de los resultados obtenidos directamente de la ciudadanía debe prevalecer. Según el boletín emitido por el órgano jurisdiccional, el objetivo principal es garantizar que los cargos públicos sean ocupados por quienes cuentan con el respaldo directo del electorado, respetando el orden de competitividad reflejado en los cómputos oficiales.

Con esta resolución, el TEPJF vincula directamente al Senado de la República y al OAJ para que procedan con la rectificación del nombramiento. Este episodio ocurre en un contexto de profunda transformación del sistema judicial mexicano, donde la implementación de elecciones para cargos de jueces y magistrados ha generado debates intensos sobre la armonización entre las acciones afirmativas, como la paridad de género, y el principio democrático del voto popular.