Para muchos mexicanos, la costumbre de ahorrar "bajo el colchón" sigue siendo una práctica común frente a la desconfianza en las instituciones bancarias o simplemente por la inmediatez de disponer de los recursos. Sin embargo, surge una duda recurrente entre los contribuyentes: ¿existe un límite legal para tener dinero en efectivo en el hogar? El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es claro al respecto: no es ilegal poseer billetes y monedas en casa, pero el origen de esos recursos debe ser siempre justificable ante cualquier revisión financiera.

De acuerdo con la normativa fiscal vigente en México, cualquier ciudadano puede acumular la cantidad de dinero que desee en su domicilio sin que esto represente un delito per se. No obstante, el problema para el contribuyente comienza cuando ese capital intenta reintegrarse al sistema financiero o se utiliza para realizar compras importantes que no coinciden con los ingresos declarados ante la autoridad. Este fenómeno es conocido legalmente como "discrepancia fiscal", una situación que faculta a la autoridad hacendaria para iniciar procesos de investigación y, en su caso, aplicar multas considerables o el cobro de impuestos omitidos.

Es vital recordar que, según la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), también conocida como Ley Antilavado, existen topes específicos para el uso de efectivo en ciertas transacciones de alto valor. Por ejemplo, para la adquisición de bienes inmuebles, vehículos nuevos o usados, relojes, joyería y servicios de blindaje, la ley establece montos máximos permitidos para el pago en efectivo. Exceder estos límites o no poder comprobar la procedencia del dinero puede atraer de inmediato la atención de las autoridades federales.

Asimismo, las instituciones bancarias en México tienen la obligación de informar mensualmente al SAT sobre aquellos cuentahabientes que reciban depósitos en efectivo que superen los 15 mil pesos. Si el dinero que ha sido guardado en casa se intenta depositar en una cuenta bancaria sin una fuente de ingresos comprobable —como recibos de nómina, contratos de venta documentados o facturas electrónicas—, el SAT podría considerar ese dinero como un ingreso no declarado y exigir el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente, además de recargos.

En conclusión, aunque no existe una inspección domiciliaria para fiscalizar los ahorros físicos, la transparencia es la mejor herramienta para evitar sanciones. Los especialistas en finanzas recomiendan mantener siempre un registro documental del origen del dinero y, en la medida de lo posible, utilizar los canales formales de ahorro. Esto no solo brinda mayor seguridad jurídica ante el SAT, sino que protege el poder adquisitivo del ahorro frente a riesgos como el robo o la inflación, que merma el valor del capital guardado fuera del sistema financiero.